La e-receta en las Urgencias de los centros de salud de Madrid ya es
una realidad. Los presidentes de los Colegios de Médicos y Farmacéuticos de Madrid iniciaron hace meses una solicitud con una ronda de reuniones para dar solución a lo que hasta ahora era un problema. Y es que solo la receta médica sirve para la dispensación. El Real Decreto 1718/2010 sobre receta médica no contempla el uso de informes clínicos en los que aparecen medicamentos o productos sanitarios para que el paciente realice su compra de farmacia. Además, estos informes incumplen su uso como receta con acuerdo a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
En la mayoría de los casos, hasta ahora cuando un paciente salía de un Servicio de Urgencias lo hacía con un informe de alta que incluía la medicación, pero no las recetas. Para las oficinas de farmacia resultaba imposible dispensarle el medicamento, registrar e inspeccionar la medicación prescrita. Por ello, el paciente se veía obligado a acudir a su Centro de Atención Primaria y solicitar una cita solo para recoger su receta.
Ventajas y extensión a los hospitales
Con esta nueva medida, se ahorran costes para el paciente, para el sistema y se evita el retraso en la adquisición de la medicación con citas innecesarias.
Se espera que la e-receta se extienda a los servicios de Urgencias de los hospitales durante el último trimestre de este año. De esta manera, se podrá prescindir del informe clínico que no tiene soporte legal y genera problemas en las oficinas de farmacia y en la comodidad del paciente.